jueves, 1 de diciembre de 2011

JUSTICIA EQUITATIVA


CALLAO, JUEVES 01 DE DICIEMBRE DEL 2011

OFICIO N° 205 – 2011 – PCD

SEÑOR OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la Republica del Perú
Pte.-

Válganos la oportunidad para hacerle llegar los sinceros saludos de la masa asociativa de la Asociación de Defensa Legal de Derechos del Personal Subalterno y Civil en situación de Actividad, Retiro y Pensionistas de la Marina de Guerra del Perú, “ADEPESUCMAR” y del Consejo directivo, que los suscritos preside y representa respectivamente, respetuosamente decimos:

1. Señor Presidente OLLANTA HUMALA TASSO, jefe supremo de las FFAA y PNP, oficial en situación en retiro de una de nuestra fuerza armada de nuestro País, conocedor de la problemática que vive todo personal Militar en situación en retiro.

2. Motivo por el cual, también esta inmerso y conocedor del D. Ley Nº 19846, su modificatoria Ley Nº 24640 y el DS Nº 213-90-EF (salvo que ahora renuncie y se acoja a la remuneración Presidencial).

3. También es conocedor que desde el 19 Julio de 1990, se viene solicitando en todo los idiomas y con la pasividad que caracteriza a todo Militar-Policial, que los gobernantes de turno cumplan con lo que establecen las normas legales, concerniente a la remuneración, homologación, bonificación, beneficios y goces que establecen las normas legales expuesto en el punto dos.

4. Sin embargo, como se nota al respecto, los gobernantes que han antecedido a vuestra persona señor Presidente, han transgredido el D. Ley Nº 19846, así como al DS Nº 213-90-EF y la modificatoria Ley Nº 24640 del D. Ley 19846, incumpliéndola su:

 Artículo 10°.- (que a letra dice:) El personal masculino que por cualquier causal pasa a la Situación de Retiro, tiene derecho a los goces siguientes:

ii) Si pasa a la Situación de Retiro con 30 o más años de servicios o por límite de edad en el grado, en ambos casos con servicios ininterrumpidos, o por renovación, tendrá derecho a los beneficios y otros goces no pensionables acordados a los de igual grado en Situación de Actividad.

5. Señor Presidente, donde acaba la legalidad, empieza la tiranía, la anarquía y quien puede otorgar el poder a los gobernantes, puede también quitarle este poder.

6. La Constitución, dice es su:

Artículo 74: Todos tienen el deber de respetar, cumplir y defender la Constitución y el ordenamiento jurídico de la Nación.

Artículo 80: Son deberes primordiales del Estado defender la soberanía nacional, garantizar la plena vigencia de los derechos humanos, promover el bienestar general basado en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado del país, y eliminar toda forma de explotación del hombre y el de hombre por el Estado.

Artículo 211: Son atribuciones y obligaciones del Presidente de la República:

1) Cumplir y hacer cumplir la Constitución y los tratados, leyes y demás disposiciones legales.

12) Cumplir y hacer cumplir las sentencias y resoluciones de los tribunales y juzgados y requerirlos para lo pronta administración de justicia.

20) Administrar la hacienda publica; negociar los empréstitos; y dictar medidas extraordinarias en materia económica y financiera, cuando así lo requiera el interés nacional y con cargo de dar cuenta al Congreso

Es escritura taxativa de la Constitución del 79, en cambio del 93, dice:

Artículo 118°.- Corresponde al Presidente de la República:

1) Cumplir y hacer cumplir la Constitución y los tratados, leyes y demás disposiciones legales.

8) Ejercer la potestad de reglamentar las leyes sin transgredirlas ni desnaturalizarlas; y, dentro de tales límites, dictar decretos y resoluciones.

9) Cumplir y hacer cumplir las sentencias y resoluciones de los órganos Jurisdiccionales.

7. Como puede notar señor Presidente y le consta a usted, mas aun, viviente en carne propia que ningún personal de las FFAA – PNP, esta pidiendo y/o reclamando AUMENTO de Remuneración y/o Pensión, solo requieren que el Estado, por medio del Presidente de la Republica, CUMPLA con la Constitución y Normas Legales antes señalados.

8. Señor Presidente, solo para recordar del paso en la institución militar, “El deseo de un oficial, es una orden”, “Las ordenes se cumplen sin duda ni murmuraciones, único responsable él que las imparte”, “Toda promesa es una Deuda”, en ese sentido ético y responsable, militar alguno, jamás quebranto su PALABRA. Si, cuando bajo al llano por voluntad propia PROMETIO en campaña electorera, hemos esperado pacientemente e incluso, Se adapte, tome conocimiento, estudie, analice, prepare, apruebe el presupuesto y ordene la casa gubernamental presupuestadamente con conocimiento y decisión propia, para que haga JUSTICIA encuadrado en la Constitución.

9. Desde que asumió la Presidencia, señor Presidente, rogamos al todopoderoso, continúe su iluminación incólume con sabia comprensión y experiencia Militar por ser conocedor de la problemática y de las normas legales ya expuestas, no se doblegue a la, ni ante la, CORRUPCION, menos a los ANTIPATRIOTAS, que posiblemente airean vuestros sanos oídos, para que se hagan sordos a su promesa de campaña ante los PENSIONISTAS de las FFAA – PNP. Del hacer JUSTICIA y RESARCIR sus DERECHOS CONSTITUCIONAL; De lo contrario, entenderíamos que con su actitud estaría demostrando, la misma ACCIÓN DIVISORIA entre el personal de las FFAA – PNP, “ACTIVIDAD y PENSIONISTAS”, como han venido haciendo los gobernantes que le sucedieron, con la única finalidad que EXPLOTE en el espacio – tiempo menos oportuno la “GUERRA CIVIL” por medio del personal que están en situación en retiro y que mejor modo de justificación para los Políticos tradicionales, que sea en el gobierno de un ex – militar.

10. Como muestra, del trabajo de DIVISIONISMO que han tejido y/o han dejado sus antecesores, se alcanza cifras económicas de algunos GRADOS militares comparativos de remuneraciones entre el Personal Militar – Policial ACTIVO y PENSIONISTA de las FFAA y PNP, Ejm:

Comparación de cuatro grados Remunerativos entre personal en Actividad y Pensionista de la Marina de Guerra del Perú, equivalentes al EP, FAP y PNP.

                     ACTIVIDAD                            PENSIONISTA

       Grado           Percibo Total        Grado       Percibo Total

Tco Sup. 1ro.      S/. 2,558.05       TS 1ro.       S/. 1,444.67

Tco Sup. 2do      S/. 2,474.70       TS 2do.      S/. 1,414.37

Tco 1ro.               S/. 2,411.36       Tco 1ro.      S/. 1,330.42

Tco 2do               S/. 2,337.96       Tco 2do      S/. 1,256.58

11. De acuerdo al cuadro, es de verse el abismo que año tras año, gobierno tras gobierno vienen perforando a la debacle devaluativa las PENSIONES de los Militares y Policías, en situación en RETIRO, PISOTEANDO, TRANSGREDIENDO y DENIGRANDO la CONSTITUCIÓN y que a la posterioridad para los de ACTIVIDAD será su realidad herencia. En vista, de lo que perciben actualmente, es solo una fantasía ilusionista y vil engaño, como se están dando cuenta los Sub-Oficiales que están pasando a la situación en retiro, hoy en día.

POR LO EXPUESTO:

A Ud. Señor Presidente SOLICITAMOS, y confiamos que NO, nos DEFRAUDARÀ el compromiso de su palabra PROMETIDA el de hacer JUSTICIA, en cuadrado a la Constitución, D. Ley Nº 19846, su modificatoria Ley Nº 24640 y el DS Nº 213-90-EF, resarciendo los Derechos conculcado de los Militares y Policías y alcanzar una remuneración JUSTA y EQUITATIVA, para la elevación de su calidad de vida, como lo expresa la Constitución.

Sin otro particular, reiteramos afectuoso saludo, especial consideración y estima personal y positiva ansiada respuesta

                   FIRMADO                                           FIRMADO
GERMAN SEGURA FUENTES         ALBERTO PLAZA ARROYO
             DNI. 25859369                                   DNI: 41572504
                Presidente                                     Gerente general (i)
          ADEPESUCMAR                               ADEPESUCMAR